CEJIL condena decisión de la justicia penal militar colombiana que obstruye histórico juicio
El Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) expresa su más enérgico rechazo a la decisión adoptada por la justicia penal militar colombiana el pasado 19 de enero, la cual busca trasladar el juicio del Coronel retirado Luis Alfonso Plazas Vega de la justicia ordinaria a la jurisdicción militar.
La indebida intervención del juez militar Mauricio Cujar Gutiérrez pretende obstruir el proceso penal en contra del Coronel Plazas Vega—primero en ser juzgado con relación con la desaparición forzada de 12 personas ocurrida después de la retoma del Palacio de Justicia por parte de las fuerzas armadas colombianas el 7 de noviembre de 1985—mediante su traslado a una jurisdicción que, según las normas nacionales e internacionales, no cuenta con la imparcialidad e independencia necesaria para conocer casos de violaciones a los derechos humanos. El intento del Juez Cuja Gutiérrez de reclamar la competencia sobre el caso, representa la más reciente iniciativa de las fuerzas armadas para preservar la situación de absoluta impunidad que ha caracterizado estos hechos durante más de dos décadas.
Desde 2005, la Fiscalía General de la Nación inició—por primera vez desde que ocurrieron los hechos—una investigación seria respecto de las desapariciones forzadas y otras graves violaciones a los derechos humanos que ocurrieron al finalizar la retoma del Palacio de Justicia.
Este operativo, que buscó recuperar el Palacio después de ser tomado por el grupo guerrillero M-19, fue dirigido por el Coronel Plazas Vega y dejó un saldo de más de 100 muertos, incluyendo magistrados de la Corte Suprema y del Consejo de Estado. La investigación adelantada por la Fiscalía ha constatado que varias personas que salieron vivas del Palacio de Justicia fueron posteriormente desaparecidas forzadamente por miembros de las fuerzas armadas.
Por estos hechos, el Coronel Plazas Vega fue llamado a juicio el 11 de febrero de 2008, y la investigación sigue en curso respecto a otros agentes estatales, entre ellos, los entonces Comandante del Ejército y Presidente de la República.
En este contexto, el esfuerzo de la justicia militar para usurpar competencia, es un intento claro de obstruir la justicia y evitar que luego de 23 años los familiares de las víctimas del Palacio de Justicia alcancen finalmente la verdad y la justicia.
Esta decisión contraviene los esfuerzos que ha realizado el Estado colombiano en los últimos años para limitar el ámbito de la justicia penal militar, de acuerdo con los estándares internacionales que prohíben que esa jurisdicción conozca violaciones a los derechos humanos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado colombiano en múltiples ocasiones por remitir las investigaciones sobre violaciones a los derechos humanos a la justicia penal militar. Asi mismo la jurisprudencia de la Corte Constitucional y el Consejo Superior de la Judicatura, tanto como el propio Código Penal Militar, explicitan que graves violaciones de derechos humanos, como las desapariciones forzadas, tienen que ser investigados y juzgados por la jurisdicción ordinaria.
CEJIL insta al Consejo Superior de la Judicatura—entidad que resolverá el conflicto de competencia provocado por el Juez Cuja Gutiérrez— a afirmar clara y rápidamente la competencia de la jurisdicción ordinaria para continuar conociendo el proceso penal contra el Coronel Plazas Vega.