9 de junio de 2011 Comunicado de Prensa

Corte Interamericana reafirma sentencias contra México en casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú

  • Los perpetradores de las violaciones sexuales y tortura fueron elementos del Ejército en funciones, confirma el Tribunal
  • Militares responsables deben ser efectivamente investigados y juzgados en el fuero civil federal, no dentro del fuero militar
  • A casi 8 meses de que fueran dictadas las sentencias, el Estado mexicano mantiene las indagatorias en el fuero militar

 

San José y Tlapa de Comonfort, 9 de Junio del 2011. La Corte Interamericana de Derechos Humanos reafirmó ayer sus sentencias en los casos de Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, al notificar sus decisiones sobre las solicitudes de interpretación de sentencia presentadas por el Estado mexicano el pasado 29 de diciembre. El Tribunal Interamericano refrendó sus fallos, en los que declaró que el Estado es responsable por las graves violaciones a derechos humanos sufridas por ambas mujeres indígenas y sus familiares; entre ellas, los atentados cometidos por miembros del ejército en su perjuicio.

Es preciso recordar que Inés Fernández y Valentina Rosendo fueron víctimas de tortura y violación sexual por parte de miembros del Ejército mexicano en el Estado de Guerrero, en hechos ocurridos en el año 2002. Después de procesos seguidos en el ámbito internacional, la Corte Interamericana responsabilizó por los hechos al Estado mexicano, notificando sus sentencias sobre los casos el 1 de octubre del 2010. En ellas ordenó, entre otras medidas, realizar una investigación en el fuero ordinario, que debe conducir a la identificación, procesamiento y sanción de los militares responsables.

No obstante, como advertimos en su momento las organizaciones representantes de las víctimas, las solicitudes de interpretación interpuestas por el Estado mexicano tuvieron como fin objetar la decisión del tribunal interamericano, a pesar de que sus resoluciones son definitivas e inapelables. El Estado, en sus solicitudes de interpretación, afirmó que  la determinación de la Corte de que los perpetradores de los atentados eran militares “generaba confusión” pues, a su entender, no competía al Tribunal señalar a qué corporación pertenecían los agentes responsables, en un claro intento de seguir defendiendo los intereses de la institución castrense y de volver a poner en tela de duda el testimonio de las señoras Fernández Ortega y Rosendo Cantú.

En estas resoluciones de interpretación, la Corte explica que el fallo es claro, que no excedió su competencia y que el cuestionamiento del Estado se relacionaba a hechos ya probados y a la responsabilidad internacional ya declarada. Con base en estas consideraciones, entre otras, las Corte Interamericana decidió desestimar las solicitudes presentadas por el Estado.

 

La Organización del Pueblo Indígena Tlapaneco/Me’phaa (OPIM), el Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan” y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) saludamos la decisión de la Corte e instamos a que los expedientes relativos a ambos casos sean inmediatamente remitidos a la Procuraduría General de la República (PGR) a partir de este nuevo pronunciamiento, ya que el Estado mexicano mantiene las investigaciones en el fuero militar, en abierto desacato de las sentencias de la Corte Interamericana tras más de 8 meses de haber sido notificadas. En ese sentido, la confirmación de las sentencias sin duda constituye un contundente y enérgico llamado a que la remisión de las investigaciones a las instancias civiles federales no demore más. El cambio de competencia, constituye un paso indispensable en la búsqueda de justicia a favor de las víctimas de ambos casos.

Para mayor información comunicarse con:
– Román Hernández. Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”. Tel.: + (52) 757 476 1220 Celular: 045 757 106 6095
– Milli Legrain. Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL).Tel.+ (1) 202 319 3000